Violencia vicaria: iniciativa busca cerrar espacios de impunidad y proteger a niñas, niños y mujeres en el Estado de México”
°Solo 16% de las víctimas denuncia, por lo que los casos reales podrían ser hasta cinco veces mayores°
Toluca de Lerdo, Estado de México, 25 de febrero de 2026.- La diputada Zaira Cedillo Silva, integrante del Grupo Parlamentario de morena en la LXII Legislatura mexiquense, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar, adicionar y derogar disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, así como del Código Civil y el Código Penal estatales, con el objetivo de reconocer, atender y sancionar la violencia vicaria.
La propuesta parte de una premisa contundente: la violencia vicaria no es un “pleito familiar”, sino una forma especialmente cruel de violencia de género, donde el agresor instrumentaliza a hijas e hijos -u otras personas cercanas- para infligir daño emocional, psicológico y jurídico a la mujer, como mecanismo de control y dominación.
En la exposición de motivos se advierte que esta violencia también lastima profundamente a niñas y niños, al colocarlos en medio del conflicto como “herramientas” de agresión; prácticas como la separación forzada, la manipulación afectiva, denuncias estratégicas o la sustracción comprometen su derecho a crecer en entornos seguros y libres de instrumentalización.
Además, el documento subraya el tamaño del fenómeno y el subregistro: de acuerdo con el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria, apenas 16% de las víctimas llega a denunciar, por lo que los casos reales podrían ser hasta cinco veces mayores; y una encuesta nacional (2022) citada en la iniciativa refiere que, de 2,231 mujeres encuestadas, 80% fue separada inesperadamente de sus hijas e hijos tras amenazas previas, además de reportar obstáculos institucionales asociados a influencias o poder económico.
En materia normativa, la iniciativa plantea una definición expresa de violencia vicaria e incorpora su reconocimiento en el marco de la Ley de Acceso, describiendo conductas que van desde amenazas y manipulación, hasta la obstaculización del vínculo materno-filial mediante procedimientos legales promovidos con fines de desgaste o exclusión.
En el Código Penal del Estado de México, el proyecto adiciona el Capítulo VII “Violencia Vicaria” dentro de los delitos de violencia de género, con sanciones de cuatro a ocho años de prisión, quinientos a mil quinientos días multa y tratamiento psicoterapéutico o reeducativo, estableciendo también que se persiga de oficio y sin derecho a fianza, además de agravantes en casos que involucren a personas menores de edad, con discapacidad, adultas mayores, reincidencia o litigios de guarda y custodia, entre otros supuestos.
En el ámbito civil, el planteamiento apunta a fortalecer medidas de protección para salvaguardar a la niñez y garantizar el interés superior, incluyendo efectos en convivencia y consecuencias jurídicas cuando se acrediten formas o modalidades de violencia que impacten a mujeres y a la dinámica familiar.
Finalmente, la iniciativa incorpora responsabilidades específicas para personas servidoras públicas que, por acción u omisión, retarden u obstaculicen maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en estos casos, con sanciones que incluyen prisión, multa, destitución e inhabilitación.

