Avala el Congreso que Contraloría Legislativa asuma tareas de transparencia

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Avala el Congreso que Contraloría Legislativa asuma tareas de transparencia

 


• El Congreso mexiquense aprobó que la Contraloría del Poder Legislativo asuma las funciones de autoridad garante de la dependencia en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, con el fin de recibir y resolver solicitudes de información parlamentaria de la población.

• La reforma propuesta por el diputado Francisco Vázquez, presidente de la Junta de Coordinación Política, responde a la reforma local de agosto de 2026 que decretó la desaparición del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios.

• Esa reforma también creó el órgano desconcentrado denominado Transparencia Mexiquense y determinó que la Contraloría legislativa sea responsable de garantizar la transparencia y el acceso a la información en el Congreso.

El Congreso mexiquense aprobó que la Contraloría del Poder Legislativo asuma las funciones de autoridad garante de la dependencia en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, a fin de recibir y resolver solicitudes de información parlamentaria de la población, como dispone la reforma que extingue al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).

A propuesta del diputado José Francisco Vázquez Rodríguez (morena), presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la LXII Legislatura estatal, el Pleno legislativo aprobó también la creación de la Dirección de Transparencia y Protección de Datos Personales, adscrita a la Contraloría, que brindará apoyo técnico, jurídico y administrativo a la persona titular de esta última en el ejercicio de sus atribuciones como autoridad garante.

Asimismo, avaló transformar la actual Unidad de Información del Poder Legislativo, en Unidad de Transparencia, para la atención de las solicitudes de información de las y los mexiquenses.

La iniciativa que modifica la Ley Orgánica y el Reglamento del Poder Legislativo y el Reglamento Interno de la Contraloría, y expide el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Poder Legislativo —presentada por el diputado Armando Navarrete López (morena) durante sesión deliberante—, responde a la reforma local de agosto de 2026 que decretó la desaparición del Infoem, creó el órgano desconcentrado denominado Transparencia Mexiquense y determinó que la Contraloría legislativa sea responsable de garantizar la transparencia y el acceso a la información en el Congreso, entre otros puntos.

En este sentido, establece que la persona titular de la Contraloría ejercerá las funciones de autoridad garante y garantizará los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales. Para ello, deberá observar los principios de certeza, congruencia, documentación, eficacia, excepcionalidad, exhaustividad, gratuidad, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia.

Igualmente, mandata que el Poder Legislativo estará obligado a respetar el ejercicio del derecho humano que toda persona tiene de buscar, difundir, investigar, solicitar y recibir información pública, privilegiando el principio de máxima publicidad de los datos.

Para tal efecto, establece que los órganos y las dependencias obligados a cumplir las disposiciones correspondientes son la Directiva de la Legislatura; la Diputación Permanente; la Jucopo; las comisiones y los comités; el Órgano Superior de Fiscalización; la Secretaría de Asuntos Parlamentarios; la Contraloría; la Secretaría de Administración y Finanzas; la Dirección General de Comunicación Social; el Instituto de Estudios Legislativos; los grupos parlamentarios; y la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Además, señala que las personas servidoras públicas del Poder serán responsables de la información que produzcan, administren, manejen, archiven o conserven, la cual estará a disposición de las personas, salvo aquella que esté clasificada como reservada o confidencial.

Aparte, detalla la información que el Poder Legislativo deberá difundir de oficio; ordena que realice actualizaciones periódicas de dicha información; apunta que este Poder debe poner a disposición de los particulares los medios necesarios para tener acceso a la información de una forma ágil, sencilla y directa; distingue la información clasificada como reservada y confidencial; y actualiza el Comité de Transparencia del Poder Legislativo como órgano encargado de garantizar el ejercicio efectivo del derecho humano de acceso a la información pública y la protección de datos personales.

Complementariamente, precisa que la Presidencia de la Jucopo nombrará a la persona titular de la Unidad de Transparencia; establece el procedimiento de acceso a la información pública ante esa unidad; detalla el procedimiento para el acceso y corrección de datos personales; determina los medios de impugnación ante la negativa de acceso total o parcial de la información solicitada, o la inexistencia de los documentos; e incorpora las medidas de apremio y sanciones por las faltas en las que incurran las personas servidoras públicas del Poder al Reglamento.

Finalmente, establece que las autoridades investigadoras y substanciadoras de la Contraloría estarán facultadas para expedir copias certificadas de la documentación bajo su resguardo, de conformidad con las disposiciones en materia de reserva, confidencialidad y protección de datos personales.

 

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